Proyecto en Diputados para detallar el impacto de sumas no remunerativas en sueldos estatales

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El diputado provincial Gustavo Pérez Díaz presentó una iniciativa que obliga a los recibos de sueldo a identificar conceptos remunerativos y no remunerativos y su efecto en la base jubilatoria. La Tesorería General de la Provincia sería la autoridad de aplicación y publicaría un informe anual.

El diputado provincial Gustavo Pérez Díaz presentó en la Cámara de Diputados un proyecto de ley que propone crear un régimen obligatorio de Transparencia Salarial y Previsional para todos los trabajadores de la Administración Pública Provincial y de los municipios.

La iniciativa establece que los recibos de sueldo deberán identificar de manera diferenciada el total de conceptos remunerativos y no remunerativos, el porcentaje que estos últimos representan sobre el ingreso bruto y su incidencia en la base de cálculo de los aportes jubilatorios.

Asimismo, fija la obligación del Estado provincial y de las comunas de informar «de manera clara y comprensible» este impacto tanto a los trabajadores como a las entidades sindicales representativas.

Entre sus artículos, la normativa designa a la Tesorería General de la Provincia como autoridad de aplicación, organismo que tendrá a su cargo la elaboración y publicación anual de un informe oficial en el Boletín Oficial que detalle el nivel de utilización de conceptos no remunerativos en el sector público.

En los fundamentos de la propuesta, Pérez Díaz señaló «una marcada distorsión en los esquemas salariales del Estado». Expuso recibos analizados en el ámbito legislativo: en la propia Cámara baja se habrían detectado conceptos no remunerativos por más de $957.000, equivalentes al 61,20% del haber total; mientras que en un recibo del Concejo Deliberante de la Capital las sumas no remunerativas superarían los $1.040.000, alcanzando, según afirmó, un 80,51% del sueldo bruto.

«No puede exigirse al trabajador que sea abogado, contador o especialista en liquidación de haberes para poder comprender su propio recibo de sueldo. El empleado sabe cuánto dinero ingresa a su cuenta bancaria, pero desconoce cuánto de eso realmente aporta a su historia previsional», sostuvo el legislador.

Por otro lado, el legislador indicó una contradicción entre las garantías del artículo 14 bis de la Constitución Nacional y el artículo 180 de la Constitución de Catamarca, que establece el 82% móvil para las jubilaciones ordinarias, y la práctica de otorgar mejoras salariales mediante adicionales o sumas fijas excluidas de los aportes a la seguridad social.

«El futuro jubilado no puede convertirse en la variable de ajuste de las decisiones salariales del presente. Mejorar el ingreso actual sin advertir el costo previsional futuro significa trasladar el problema hacia adelante. No se trata sólo de saber cuánto cobra un empleado a fin de mes, sino de que sepa con total claridad cuánto de lo que percibe construye efectivamente su futuro y el de su familia», concluyó.

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