A 15 años de la Tragedia de la Alcaidía: dos fallos civiles y ninguna condena penal

Compartir:

Ninguno de los imputados fue juzgado. La Justicia civil condenó al Estado provincial en dos oportunidades y reconoció su responsabilidad. La causa penal quedó cerrada por insubsistencia de la acción y espera una definición de la Corte Suprema de la Nación.

Del incendio del 9 de septiembre de 2011 transcurrieron quince años sin que ningún acusado fuera juzgado por la muerte de cuatro adolescentes en la Alcaidía de Menores de Catamarca. La causa penal quedó cerrada por insubsistencia de la acción, a la espera de que la Corte Suprema de la Nación decida si reabre esa instancia. La Corte de Justicia de Catamarca ordenó investigar a los operadores judiciales responsables de la mora. En paralelo, las familias obtuvieron dos sentencias civiles, en 2021 y en 2026, que condenaron al Estado provincial a indemnizar a los padres de dos de las cuatro víctimas por la falta de custodia y las condiciones de seguridad de la Alcaidía.

En la Alcaidía de Menores, cuatro adolescentes compartían una celda la tarde del 9 de septiembre de 2011. Eran Franco Ezequiel Nieva (16), Nelson Alfredo Orlando Molas (17), Nelson Nahuel Fernández (15) y Franco Alejandro Sosa (16). Llevaban varios días privados de la libertad en una institución que no estaba en óptimas condiciones. Colocaron un colchón en la puerta de la celda y lo encendieron como forma de protesta. Los cuatro chicos murieron calcinados.

Por homicidio culposo agravado por el número de víctimas fatales quedaron imputados cuatro policías: Juan Carlos Reyes, Adrián Antonio Mansilla, Luis Alberto Leiva y Adriana del Valle Galván. También fue imputado un quinto policía, Carlos Daniel Leiva, fallecido en 2019 antes de la resolución de la causa. Por incumplimiento de los deberes de funcionario público quedaron imputadas las entonces juezas de Menores Ilda Figueroa y Ana María Nieto, junto con el entonces ministro de Gobierno y Justicia, Javier Silva.

Primera etapa

En agosto de 2015 el fiscal Miguel Mauvecín dio por finalizada la investigación y elevó la causa a juicio. El expediente quedó en el Juzgado Correccional de Primera Nominación, a cargo del juez Marcelo Forner. Un año después, en septiembre de 2016, el juez de Control de Garantías de Tercera Nominación, Ramón Porfirio Acuña, sobreseyó total y definitivamente a las exjuezas Ilda Figueroa y Ana María Nieto; ese mismo año Javier Silva fue sobreseído por prescripción. La causa quedó circunscripta, desde entonces, a los cuatro policías imputados por homicidio culposo. Pasaron otros dos años hasta que, en febrero de 2018, el expediente quedó en condiciones de celebrar el juicio oral. Ese debate nunca se realizó: en marzo de 2020, dos años más tarde, se fijó la primera fecha de audiencia y fue suspendida apenas las defensas plantearon una probation. Fue la primera de siete audiencias fijadas y suspendidas que se sucedieron hasta 2023.

Llamado y suspensiones

Mientras la causa penal seguía sin fecha firme de juicio, la Justicia civil dio en febrero de 2021 la primera respuesta a las familias: la jueza Civil de Cuarta Nominación, Silvina Millán, falló a favor de Ana Mariel Mendoza, madre de Franco Sosa, y condenó al Estado provincial a pagarle $783.116,16 en concepto de daño patrimonial —lucro cesante y pérdida de chance—, más $1.000.000 adicionales. La magistrada sostuvo que, al privar de la libertad a una persona, «el Estado asume la obligación de su custodia», y cuestionó la falta de una requisa exhaustiva —que permitió que uno de los adolescentes tuviera un encendedor—, la demora en sofocar el incendio y las malas condiciones edilicias de la Alcaidía.

Seis meses después, el 6 de agosto de 2021, se fijó una nueva audiencia penal. También fue suspendida, esta vez por pedido fiscal. Pasarían otros siete meses hasta el tercer intento, el 16 de marzo de 2022, suspendido de oficio por el propio tribunal; y menos de tres meses después, el 7 de junio, un cuarto pedido fiscal volvió a postergarlo. En julio de ese año, con la causa penal estancada, la familia de Nelson Nahuel Fernández inició su demanda civil por daños y perjuicios y daño moral contra el Estado provincial. La Fiscalía de Estado, entonces a cargo de Marcos Denett, no la contestó en el plazo conferido, y en agosto la familia amplió la demanda con nuevas pruebas y documentación. Ese mismo mes, el 25 de julio y el 3 de agosto, la causa penal sumó su quinta y sexta suspensión: la primera por nuevo pedido fiscal, la segunda por pedido conjunto de la defensa y la querella. El séptimo y último llamado llegó el 21 de marzo de 2023: la audiencia se suspendió como las seis anteriores y, desde entonces, el Ministerio Público Fiscal no volvió a impulsar la causa.

Expediente civil

En marzo de 2023, en la causa civil de la familia Fernández, el Estado provincial vio declarado decaído su derecho a contestar la demanda. El 28 de abril, por decreto, se confirmó que no había intervenido en el proceso a término. En junio, en una audiencia preliminar, los abogados del Estado, Tomás Hugo Aibar y Noemí Beatriz Denett, cuestionaron esa extemporaneidad alegando que no habían sido vinculados al expediente digital; la Justicia rechazó el planteo y constató que los letrados no habían solicitado en tiempo y forma la subsanación de esa falta, pese a haber tenido margen para hacerlo.

Últimos sobreseídos

El 28 de noviembre de 2025, después de 14 años del hecho, 10 desde la elevación a juicio y siete desde que la causa estaba lista para el debate, la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca —integrada por los ministros Fernanda Rosales Andreotti, Hernán Martel y Verónica Saldaño— hizo lugar al recurso de casación de la defensa de Mansilla y Leiva, declaró la insubsistencia de la acción penal por vulneración del derecho a ser juzgado en un plazo razonable y sobreseyó a los cuatro policías imputados. La Sala Penal responsabilizó directamente al Ministerio Público Fiscal por la parálisis del expediente: «Nunca impulsó la acción de la que es titular», fue «artífice de varias suspensiones» de audiencias, y desde la última fijada no volvió a impulsar la causa. También señaló al Poder Judicial como «parte responsable de la desidia, inacción y falta de voluntad evidenciadas» en los años en que la causa estuvo lista para el debate sin que este se concretara y ordenó remitir las actuaciones a la Secretaría de Sumarios «para que se inicien las tareas dirigidas a determinar la responsabilidad de quienes actuaron en el proceso».

Otra vía

Siete meses más tarde, el 26 de junio de 2026, la Sala Penal rechazó por unanimidad el recurso extraordinario federal que había planteado la fiscal Correccional de Primera Nominación, Cynthia Romero, para intentar llegar a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Romero había argumentado la «situación de vulnerabilidad» de las víctimas y la gravedad institucional del caso, con el aval del procurador General Tristán Lobo; pero la Sala sostuvo que quien contribuyó de modo decisivo a generar la mora no puede invocarla luego como agravio constitucional. Con esa resolución, la vía recursiva local quedó cerrada. Cerrada la puerta provincial, el Ministerio Público Fiscal recurrió directamente a la Corte Suprema mediante un recurso de queja, que ingresó formalmente el 14 de julio de 2026. La discusión de fondo que deberá resolver el máximo tribunal gira en torno al concepto de «plazo razonable» y a quién corresponde la responsabilidad por la mora. El planteo se inscribe en una línea que la propia CSJN viene consolidando: en los últimos dos años ordenó a los superiores tribunales de Santa Fe y Tucumán evaluar sanciones disciplinarias a jueces que «durmieron» causas con víctimas de grupos vulnerables, al sostener que «la desidia judicial agrava el daño que se le ha ocasionado a la víctima».

Lo que sí resolvió la Justicia civil

El 27 de agosto de 2026, casi 15 años después del hecho y mientras la causa penal seguía a la espera de una definición de la Corte Suprema de la Nación, la jueza Civil de Quinta Nominación, María Lucía Cano, condenó al Estado provincial a pagar $156.777.575 más intereses a la familia de Nelson Fernández: $56.777.575,3 por pérdida de chance de ayuda económica futura y $100.000.000 por daño moral, más las costas del expediente. La jueza retomó el mismo estándar de responsabilidad estatal reforzada por custodia que había aplicado la sentencia de 2021, y remarcó que la demora de la Fiscalía de Estado en esta causa civil —ocho meses para tomar intervención en el expediente y una contestación finalmente declarada extemporánea— repite un patrón de deficiente gestión ya señalado en otros expedientes en los que intervinieron los mismos abogados.

Ausentes

Franco Ezequiel Nieva (16), Nelson Alfredo Orlando Molas (17), Nelson Nahuel Fernández (15) y Franco Alejandro Sosa (16) llevaban varios días privados de la libertad, en una institución que no estaba en óptimas condiciones. Colocaron un colchón en la puerta de la celda y lo encendieron como forma de protesta. Los cuatro chicos murieron calcinados.

También puede interesarte

Suscripción al newsletter de Panorama Catamarca

El sitio Panorama Catamarca ofrece un servicio de suscripción a su newsletter para recibir las últimas noticias. El formulario solicita nombre, apellido, correo electrónico y temas de interés.

De Paul y Lewandowski protagonizaron un cruce verbal en el empate entre Inter Miami y Chicago Fire

El volante argentino y el delantero polaco intercambiaron palabras durante el partido disputado en el Soldier Field. El encuentro finalizó 1-1 por la Conferencia Este de la MLS.

Confirman un caso de rabia bovina en Los Varela y establecen medidas sanitarias

SENASA confirmó un caso de rabia bovina en Los Varela, Ambato. Se interdictó el campo y se vacuna en un radio de 10 km. La enfermedad no tiene cura y puede transmitirse a personas.

Seis deportistas catamarqueños competirán en los Juegos Suramericanos Santa Fe 2026

Seis deportistas de Catamarca representarán a la provincia en los Juegos Suramericanos Santa Fe 2026, que se disputarán del 12 al 26 de septiembre. La delegación argentina contará con 658 atletas.