Rechazan la casación de la absolución a Aybar

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Por unanimidad, el Tribunal de Enjuiciamiento decidió rechazar el recurso de casación que había planteado el fiscal Augusto Barros en contra de la sentencia absolutoria que obtuvo el juez Civil, Comercial y de Familia con asiento en Belén, Miguel Ángel Aybar. En líneas generales, consideraron que no había argumentos para sostener el recurso planteado.

En la verificación de los requisitos de admisibilidad formal y de procedencia del recurso, el Tribunal consideró que «las normas procesales invocadas por el fiscal carecen de la aplicabilidad pretendida a los fines de habilitar una instancia recursiva expresamente vedada por la ley de Enjuiciamiento». En tal sentido, remarcaron que la ley prevé en forma expresa y clara que «contra la sentencia no procederá recurso alguno».

«El escueto planteo de inconstitucionalidad del artículo 29 de la ley de Enjuiciamiento efectuado por el fiscal no alcanza para fundar la declaración de suma gravedad que importa discutir la constitucionalidad de una norma», remarcaron.

«El fiscal no establece de qué manera considera violentadas las garantías de debido proceso o de defensa en juicio. Por el contrario, expresa su desacuerdo con la apreciación de las pruebas efectuada por el Tribunal y por la resolución alcanzada. No existe argumento alguno que permita sostener la admisibilidad formal del recurso, ni con la denominación y forma jurídica propuesta (de casación) ni con otra», remarcaron.

Incluso el diputado Brizuela, que había votado por la destitución, consideró que correspondía rechazar el recurso de casación por improcedente, «sin perjuicio de la posición que expusiera en la sentencia recurrida, en cuanto consideré, en disidencia, que procedía destituir al acusado».

El juez Miguel Ángel Aybar llegó al jury acusado de retardo judicial reiterado en unas 450 causas, aunque luego durante el juicio se demostró que había resuelto más de la mitad en menos de un año, y que el retardo era en unas 187. De igual manera, para el Tribunal ello no era motivo de destitución y le recomendaron a Aybar que agilice los trámites para ponerse al día en su Juzgado.

La acusación del jury llegó gracias a un planteo hecho por la Secretaría de Sumarios de la Corte. Sin embargo, el propio presidente de la Corte, Hernán Martel, votó por la absolución del juez. Junto a él, la mayoría se constituyó con Carlos Marsilli, Federico Pague y Cecilia Martin. Por la destitución votaron Damián Brizuela y Augusto Ojeda.

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