La ministra de la Corte de Justicia de Catamarca analizó la implementación de la ley que baja la edad de punibilidad a 14 años y brindó detalles sobre la situación procesal del diputado provincial del MID.
La ministra de la Corte de Justicia de Catamarca, Fernanda Rosales Andreotti, se refirió este martes al impacto del nuevo régimen penal juvenil, a las acciones de difusión en escuelas y a la situación procesal del diputado provincial del MID, Javier Galán.
En declaraciones a la prensa, la magistrada abordó la implementación de la ley que establece la edad de punibilidad en 14 años. Al respecto, señaló: «Algo que en algún momento podíamos considerar que era una travesura o un error sin consecuencias más allá de lo disciplinario, hoy es un delito y puede ser juzgado en un tribunal penal». Agregó que las penas no siempre implican privación de libertad, pero remarcó las consecuencias sociales y emocionales que un proceso judicial genera en los jóvenes.
Rosales Andreotti sostuvo que el derecho penal es «la respuesta más violenta y más fuerte del Estado» y que debe aplicarse como último recurso. En ese marco, afirmó que frente a un menor que delinque existe una responsabilidad compartida entre la familia, la comunidad y el Estado: «Nos encontramos frente a toda esta cadena de corresponsabilidades que seguramente si revisamos bien hemos incumplido en muchas de sus partes». Asimismo, indicó que antes de considerar el encierro deben garantizarse derechos básicos como educación, alimento y trabajo para las familias.
La ministra destacó los resultados de la mediación penal juvenil implementada este año en la provincia, que permite acuerdos y reparación del daño. También se refirió a la escucha activa por parte de los funcionarios judiciales: «Está muy bien que los jueces hablen claro. Ahora, lo que también tendrían que intentar practicar es escuchar más para ver si no solo hablan claro para que los entiendan, sino si ellos entienden el lenguaje de las personas que les hablan».
Respecto de la causa contra el diputado Javier Galán, Rosales Andreotti recordó que la Cámara de Apelaciones declaró inconstitucional el planteo de caducidad de la defensa por tratarse de presuntos delitos contra la integridad sexual, y que luego la Corte rechazó el recurso por una cuestión formal: «Al ser una resolución que permitía la continuidad del proceso, no tenía el carácter de definitiva y (…) no causaba un gravamen irreparable».
Con el trámite habilitado, el juez de la causa deberá definir si solicita el desafuero a la Legislatura, que requiere una mayoría de dos tercios para autorizar la investigación penal preparatoria. Sobre este punto, la ministra remarcó el carácter preliminar de la instancia: «Se ha establecido que hay un mérito para solicitar la investigación. Eso es todo lo que ha dicho la justicia. No es una declaración ni de culpabilidad ni de sospecha ni de ningún tipo, sino que tiene que ver con que exista la posibilidad de investigar».
