Justicia denegó la probation a un acusado de robar un televisor a su expareja y ordenó pulsera electrónica

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La Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación rechazó la suspensión del juicio a prueba solicitada por un hombre imputado por robo simple, amenazas simples y desobediencia judicial en un contexto de violencia de género. El camarista Silvio Martoccia dispuso la colocación de una pulsera electrónica dual hasta la realización del juicio oral.

La Cámara de Sentencia en lo Criminal de Segunda Nominación denegó la suspensión del juicio a prueba —conocida como probation— solicitada por un hombre acusado de robo simple, amenazas simples y desobediencia judicial en perjuicio de su expareja. En la misma resolución, el camarista Silvio Martoccia ordenó la colocación de una pulsera electrónica dual y dispuso que la causa continúe hasta la realización del debate oral.

Según la información difundida, la fiscal especializada en Violencia Familiar y de Género Alejandra Antonino había imputado al acusado por hechos ocurridos entre el 12 y el 20 de febrero de 2026. De acuerdo con la investigación, el hombre habría amenazado a su expareja, quien se encontraba con la hija de ambos, con las siguientes palabras: «Les voy a romper las puertas y ventanas de la casa y voy a entrar a la casa cuando yo quiera».

Días después, el acusado habría vuelto a amenazar a su expareja y a la hija de ambos en una plaza. Según la imputación, habría expresado: «Les voy a prender fuego con todas las cosas adentro de la casa, no van a tener vida». Ante el pedido de calma de su hija, habría respondido: «vos, pendeja, callate, también vas a volar de ahí, las voy a prender fuego. Donde estén las voy a seguir, no van a tener vida». Estas palabras habrían causado temor a ambas.

Pasados dos días, en horas de la noche, el acusado se habría presentado en la vivienda de su expareja y su hija, desobedeciendo una orden del Juzgado de Familia de Segunda Nominación que disponía la restricción de acercamiento y la prohibición de ingreso al domicilio. La jueza Olga Amigot Solohaga también había prohibido al acusado presentarse en el lugar de trabajo o en sitios que frecuente cotidianamente, inclusive en la vía pública a una distancia no menor a los 200 metros de la víctima, así como comunicarse, relacionarse, entrevistarse, tomar contacto físico, telefónico, por correo electrónico, por vía de terceras personas o por cualquier medio que implique intromisión injustificada.

Finalmente, el 20 de febrero, pasadas las 21, el acusado se habría presentado en la vivienda de su expareja. Previo a ejercer fuerza sobre una ventana de madera con vidrio repartido, al haber roto un vidrio del extremo superior, ingresó a la vivienda. Una vez dentro, se habría apropiado ilegítimamente de un televisor LED de 55 pulgadas que se encontraba en el dormitorio principal, para luego darse a la fuga con el electrodoméstico.

En un primer momento, el acusado fue asistido por un abogado particular y se mantuvo en silencio durante la indagatoria. Con nueva defensa, a cargo del defensor Penal Oficial de Primera Nominación Facundo Moreno Robles, solicitó la suspensión del juicio a prueba.

El fiscal de Cámara Augusto Barros se opuso al pedido de probation por la reiteración de los hechos y el presunto contexto de violencia de género contra su expareja. El representante del Ministerio Público Fiscal valoró los informes psicológicos de alto riesgo para la víctima, quien también manifestó su desacuerdo con el pedido y solicitó que se realice el juicio. Ante esta situación, el fiscal pidió que se le colocara una pulsera electrónica dual para proteger a la víctima hasta el juicio. Por su parte, el defensor Moreno Robles negó el contexto de violencia y, ante la falta de antecedentes penales computables, consideró procedente el beneficio.

El camarista Silvio Martoccia, tras oír a las partes, resolvió no hacer lugar al beneficio solicitado y ordenó la colocación de la pulsera electrónica dual tal como lo pidió la Fiscalía. La causa continúa hasta la realización del juicio.

Qué es la suspensión del juicio a prueba

La suspensión del juicio a prueba es un derecho que la ley acuerda a algunos acusados de haber cometido un delito o más que darían lugar a la condena condicional. Consiste en suspender el trámite del proceso para que el sospechoso cumpla con ciertas pautas de conducta y, una vez cumplidas y transcurrido el plazo de suspensión, quede absuelto. No se concede para todos los delitos ni a todas las personas sospechadas, y requiere el cumplimiento de varios requisitos. La probation contribuye a una respuesta más humana en la justicia penal, ya que tiende a evitar las consecuencias negativas del encarcelamiento. El elemento esencial de la suspensión del juicio a prueba es como método de reeducación del acusado.

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