La Justicia de Córdoba condenó a José Luis Nieto por homicidio simple con dolo eventual. El fallo establece un precedente al aplicar esa figura penal a un caso de ataque de animales.
Un fallo dictado por la Justicia de Córdoba condenó a José Luis Nieto, propietario de los dos perros de raza dogo argentino que atacaron y causaron la muerte de Trinidad Ballesteros, de 15 años, a ocho años de prisión de cumplimiento efectivo. El tribunal determinó su responsabilidad penal bajo la figura de homicidio simple con dolo eventual.
El hecho ocurrió el 9 de julio de 2023 en el barrio Estación Flores de la ciudad de Córdoba. Trinidad fue atacada por dos ejemplares que escaparon de la propiedad de Nieto. La joven sufrió heridas que le provocaron la muerte horas más tarde en el Hospital de Urgencias. Durante el ataque, los animales también lesionaron a otros vecinos que intentaron socorrerla.
El debate judicial se centró en la tipificación penal de la conducta. La defensa de Nieto solicitó la absolución o, en su defecto, el encuadre como homicidio culposo, figura que hubiera implicado una pena menor. La fiscal solicitó nueve años de reclusión, mientras que la querella pidió doce. La sentencia final fue de ocho años de cumplimiento efectivo.
Para la acusación, Nieto no podía alegar desconocimiento. Existían antecedentes y denuncias previas por contravenciones vinculadas a sus animales. Esa cadena de omisiones permitió sostener la figura de dolo eventual: quien conoce el riesgo de un resultado lesivo y no adopta los recaudos necesarios para evitarlo, asume ese resultado aunque no lo haya buscado directamente.
En San Fernando del Valle rige desde 2009 una ordenanza sobre tenencia responsable de razas potencialmente peligrosas. A nivel provincial, la Ley 5542, sancionada en 2018, establece disposiciones similares. Ambas normas detallan las razas alcanzadas y fijan obligaciones: inscripción del animal en un registro municipal, identificación mediante chapa en el collar con nombre y teléfono del propietario, uso obligatorio de bozal y correa en la vía pública, y conducción por una persona mayor de edad. También exigen cerramientos seguros y carteles que adviertan sobre la presencia del animal, y prevén sanciones para quienes incumplan.
