La Justicia aclaró el alcance de las intervenciones realizadas en el caso del niño

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El Poder Judicial de Catamarca emitió un comunicado en el que precisó las medidas adoptadas en el marco del caso de un niño de tres años.

El Poder Judicial de Catamarca emitió este jueves un comunicado para precisar el alcance de las intervenciones realizadas en el caso de un niño de tres años, cuya situación familiar tomó estado público en las últimas horas. En ese marco, afirmó que los Juzgados de Familia no ordenaron una medida de recuperación o restitución del menor respecto de su madre por presuntos malos tratos.

Según informó el Departamento de Comunicación Judicial, en el Fuero de Familia existen distintas actuaciones vinculadas al grupo familiar, iniciadas a partir de denuncias presentadas por diferentes integrantes de la familia. Indicó que, ante cada una de ellas, los juzgados adoptaron medidas preventivas y de protección y dieron intervención a los organismos competentes.

Entre las actuaciones mencionadas, el Poder Judicial señaló que se dispusieron prohibiciones de acercamiento, intervenciones de la Asesoría de Menores, evaluaciones del Equipo Técnico Forense, del área de Salud Mental del Hospital San Juan Bautista y del Centro Integral de Salud, además de derivaciones a la Secretaría de Familia y al Sistema de Protección.

El comunicado también indicó que, tras la difusión de videos del conflicto familiar en redes sociales, se ordenaron perímetros digitales respecto de ambos progenitores con el objetivo de resguardar al niño y evitar su exposición pública.

En relación con la denuncia más reciente presentada por el padre, el Poder Judicial informó que el Juzgado de Familia de turno dispuso preventivamente la exclusión del conviviente de la progenitora, además de ordenar nuevas evaluaciones y otras medidas de resguardo. No obstante, aclaró que esas decisiones tienen carácter preventivo y no implican que los hechos denunciados se encuentren acreditados.

En otro tramo del comunicado, el Departamento de Comunicación Judicial remarcó que la protección de niños, niñas y adolescentes no constituye una competencia exclusiva del Poder Judicial, sino que involucra también al Sistema de Protección y a la Secretaría de Familia, organismos dependientes del Poder Ejecutivo.

En ese sentido, sostuvo que los juzgados pueden dictar medidas judiciales de protección, ordenar evaluaciones y dar intervención a los organismos competentes, mientras que las decisiones vinculadas al seguimiento administrativo y a la definición del ámbito de cuidado del niño corresponden al Sistema de Protección.

De acuerdo con la información difundida, ese organismo intervino recientemente para evaluar alternativas respecto del cuidado inmediato del menor y, en ese contexto, se habría acordado su permanencia con integrantes de su familia extensa, una determinación que, según el comunicado, no fue ordenada por una jueza del Fuero de Familia.

Finalmente, el Poder Judicial solicitó a los medios de comunicación preservar la identidad, la intimidad y la imagen del niño, evitando la difusión de datos que permitan identificarlo o profundicen su exposición pública.

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