El juez Miguel Ángel Lozano Gilyam rechazó el traslado de las internas a La Rioja o a la Comisaría de la Mujer, y ordenó reforzar la seguridad en la Unidad Penal Nº 2.
El juez Miguel Ángel Lozano Gilyam rechazó este lunes los pedidos de traslado de María Gilda Márquez y María Eugenia Castro, quienes continuarán alojadas en la Unidad Penal Nº 2 de Catamarca (Penal de Mujeres). La decisión se tomó en el marco de la causa por el ataque a Roxana Murúa en el Barrio 140 Viviendas de Valle Viejo.
El magistrado desestimó la solicitud del Servicio Penitenciario Provincial (SPP) y de la querella de trasladar a las acusadas a La Rioja, así como el planteo del fiscal de Cámara Augusto Barros de alojarlas en la Comisaría de la Mujer. Según el fallo, el traslado a otra provincia implicaría un desarraigo que vulneraría el derecho de defensa en juicio de las imputadas, al dificultar el contacto con su defensa técnica y el acceso a recursos judiciales locales. También afectaría los vínculos familiares y sociales durante el proceso.
En relación con la propuesta del fiscal Barros, el juez sostuvo que las comisarías son centros de detención transitoria que no reúnen condiciones adecuadas para una prisión preventiva prolongada, lo que constituiría un agravamiento ilegítimo de las condiciones de detención.
El juez Lozano Gilyam ordenó a la Dirección del Servicio Penitenciario y al secretario de Seguridad que, de manera conjunta e inmediata, arbitren los medios materiales, logísticos y de seguridad necesarios para garantizar la integridad psicofísica de las internas y del personal penitenciario. Asimismo, dispuso que se informe con carácter de «muy urgente» sobre las medidas concretas adoptadas.
Cronología del caso
- Enero de 2025: Márquez, Castro y Monasterio son detenidos por el ataque a Roxana Murúa. Un adolescente de 16 años también queda vinculado a la causa.
- Noviembre de 2025: El fiscal Penal Juvenil Guillermo Narváez eleva la causa a juicio. Márquez y Castro se oponen.
- Mayo de 2026: La defensa presenta un recurso de casación y solicita prisión domiciliaria. La querella calificó a las acusadas como «el terror del Penal de Mujeres».
- Junio de 2026: Se registra un motín en el pabellón de las acusadas, con agresiones al personal penitenciario y sedación de ambas internas. Se realizan seis denuncias penales cruzadas.
- Julio de 2026: El SPP de La Rioja confirma cupo transitorio por tres meses para Márquez y Castro. El SPP de Catamarca pide el traslado formal. El fiscal Barros propone la Comisaría de la Mujer. La querella se opone y solicita La Rioja. El juez rechaza ambas opciones y ordena que continúen en la Unidad Penal Nº 2.
El adolescente de 16 años, cuya presunta participación había derivado en la intervención del fuero Penal Juvenil, resultó sobreseído.
