El Gobierno eliminó las compensaciones por pasajes gratuitos por discapacidad

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El Gobierno nacional eliminó el Régimen de Compensaciones Tarifarias al Transporte Automotor de Pasajeros de Larga Distancia, que subsidiaba parte de los pasajes gratuitos para personas con discapacidad y pacientes oncológicos. Las empresas deberán absorber el costo total del boleto.

El Gobierno nacional eliminó el Régimen de Compensaciones Tarifarias al Transporte Automotor de Pasajeros de Larga Distancia, que subsidiaba parte de los pasajes gratuitos para personas con discapacidad y pacientes oncológicos. A partir de esta medida, las empresas de transporte deberán absorber la totalidad del costo del boleto y garantizar el beneficio a ese grupo de usuarios sin recibir fondos estatales.

La decisión se oficializó este martes a través de la resolución 28 de la Secretaría de Transporte, publicada en el Boletín Oficial, la cual dispuso: “Déjase sin efecto el régimen de compensaciones económicas destinadas a las empresas de transporte automotor de pasajeros de carácter interjurisdiccional por los pasajes gratuitos otorgados en el marco de las leyes 22.431, 26.928 y 27.674”.

El esquema ahora derogado había sido creado en un contexto de fuerte intervención estatal sobre las tarifas del transporte, pero la normativa aseguró que las condiciones que lo justificaban “han sido superadas”, por lo que consideró innecesaria su continuidad en el marco del ordenamiento del sector.

A pesar de la quita de los subsidios económicos a las compañías, las empresas de larga distancia de todo el país deberán seguir otorgando de manera obligatoria los pasajes gratuitos a aquellas personas que cuenten con el Certificado Único de Discapacidad (CUD) o con la credencial emitida por el INCUCAI. Al respecto, desde la Secretaría de Transporte aclararon que la entrada en vigencia de la nueva resolución “no afecta el derecho a la gratuidad previsto en las leyes 22.431, 26.928 y 27.674 y sus respectivas reglamentaciones ni la obligación de los transportistas de dar cumplimiento a lo dispuesto en dichas normas”.

Con estos cambios estructurales en el financiamiento, la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) será el organismo encargado de controlar y garantizar de manera estricta que las firmas del sector cumplan con la emisión de las órdenes de pasajes gratuitos para todos los beneficiarios alcanzados por la normativa vigente.

Para acceder al beneficio de traslado gratuito en los servicios de larga distancia, los usuarios necesitan presentar el Documento Nacional de Identidad (DNI) junto con la documentación de salud correspondiente. El trámite de reserva puede gestionarse de manera online o bien de forma presencial en las boleterías de las terminales.

Para la solicitud a través de internet, el beneficiario debe ingresar al Sistema de Solicitud de Pasajes de la CNRT y completar los datos requeridos por la plataforma, tras lo cual la empresa tiene la obligación de enviar el pasaje hasta 48 horas antes de la salida del servicio. En caso de contar con un certificado de discapacidad que no sea el CUD, se requiere tramitar el alta previa como persona usuaria del sistema.

Por otra parte, si la gestión se realiza de forma presencial en la ventanilla, el pasajero o su representante legal deben presentarse con el certificado y el DNI al menos 48 horas antes del viaje, mientras que los titulares de la credencial INCUCAI conservan la posibilidad de solicitar el boleto el mismo día de la salida del micro.

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