En la actualidad, es fundamental prestar atención a las operaciones que se realizan a través de cuentas digitales y aplicaciones de pago. El aumento de los movimientos financieros por estas vías ha llevado a un mayor escrutinio por parte del organismo encargado de supervisar los flujos de capital.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (ARCA) establece límites mensuales con el objetivo de prevenir operaciones fuera de lo común y requiere justificación cuando los montos que se manejan superan determinados umbrales. Conocer estas restricciones es clave para evitar inconvenientes, retrasos o solicitudes de información adicional que puedan entorpecer las gestiones cotidianas.
El tope máximo para transferencias en diciembre de 2025
El organismo ha definido un monto máximo para quienes realizan movimientos de fondos desde y hacia billeteras virtuales. Para las personas humanas, el límite permitido por mes es de $50 millones, una cifra que considera la suma total de ingresos y egresos de manera combinada.
Para las empresas o personas jurídicas, el tope mensual es más bajo: $30 millones. La AFIP monitorea el movimiento consolidado, independientemente de la plataforma que se utilice. Cuando el total supera los valores fijados, el sistema puede generar pedidos formales de documentación.
La intención del organismo no es obstaculizar las operaciones habituales, sino impedir irregularidades que puedan derivar en sanciones si no es posible acreditar el origen y el destino de los fondos.
La documentación requerida en caso de superar el límite
Si el monto mensual excede los $50 millones para personas físicas, la AFIP puede solicitar documentos que respalden cada operación. Entre los comprobantes que suelen requerirse se encuentran:
- Recibos de sueldo o haberes.
- Certificados de jubilación o pensión.
- Declaraciones Juradas de Ganancias.
- Declaraciones de Bienes Personales.
- Constancias de inscripción en el Monotributo.
- Facturas o comprobantes vinculados a movimientos anteriores.
Los monotributistas deben tener especial cuidado, ya que superar montos que no se correspondan con su categoría puede llevar a una exclusión del régimen simplificado. En esos casos, el organismo analiza la actividad, los ingresos declarados y cualquier operación que no sea coherente con el perfil fiscal del contribuyente.
