domingo, 9 de febrero de 2025 00:21
La polémica causa que incurrió en un cuestionable acuerdo entre las partes en el denominado asalto en el Parque América dejó para muchos en evidencia la pobre actuación del Ministerio Público Fiscal, que luego de promover el resarcimiento económico dio marcha atrás y se contradijo de sus propios dichos aduciendo cuestiones que rozan la inconstitucionalidad, según la defensa de los sobreseídos.
En un documento al que accedió este medio, el abogado Pedro Vélez lanzó duras acusaciones contra los fiscales que intervinieron en el caso.
Tras conocer el pedido de nulidad o revisión el letrado respondió la vista al ser notificado de las novedades. “Lo que se persigue por parte del Ministerio Público Fiscal es desconocer su propia actuación anterior y que se violen Tratados Internaciones con Jerarquía Constitucional, la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y de ese modo se conculquen los derechos y garantías de mi cliente, por lo cual debe rechazarse el planteo” peticionó.
En este sentido, Vélez señaló que: “nos encontrábamos ante la oportunidad cierta de llegar al núcleo de la satisfacción de las víctimas ante el delito cometido y el Ministerio Público Fiscal, en el marco de nuestro sistema acusatorio, con pleno conocimiento de todas las actuaciones presto consentimiento y solicito se dicte la resolución que hoy cuestiona”.
Cabe recordar que, el fiscal General Alejandro Gober desplazó al fiscal Hugo Costilla-el cual promovió el acuerdo- y designó un nuevo fiscal que debía contradecir la postura del Ministerio Público, lo cual viola claramente el principio de unidad que rige ese órgano. El abogado, acusó que el fiscal tuvo el tiempo suficiente de revisar la legalidad, avaló el resarcimiento económico, aún con todas las pruebas sobre la mesa, pero, aun así, pretende tirar por tierra todo debido al impacto mediático que tuvo la cuestión.
“En su denodado esfuerzo por denostar el acuerdo que avaló y la resolución que antes solicitó, el Ministerio Público Fiscal llega a violar el tracto digno que por imperativo legal debe prodigarle a las víctimas, tratando al Sr. Exequiel Matías Rolón Reynoso, como “víctima” entre comillas, cuando más allá de que el mismo está imputado en otra causa, en la cual aún goza del estado de inocencia, en el presente caso fue una víctima a secas, sin comillas irónicas como las otras dos víctimas, con todos sus derechos vigentes garantizados por nuestra norma ritual, por la ley de víctimas y por tratados internacionales con jerarquía constitucional” resaltó.
Delito federal
En cuanto a la contradictoria postura de la fiscalía, Vélez en otro tramo del documento menciona: “es de destacar también que el Ministerio Público Fiscal, sabia acabadamente que el referido Rolón Reynoso estaba imputado en una causa federal por entre otros delitos intermediación financiera no autorizada, estafa y asociación ilícita, no solo por ser un hecho público y notorio en nuestra Provincia, sino también por el hecho que desde la Justicia Federal se le había requerido informes de interés para la causa que tramita en dicho fuero de excepción”.
“Cabe poner de resalto, que tal cual reza el convenio el pago de la indemnización o reparación integral aún no se había hecho efectivo, pues el pago se había sujeto a la homologación del acuerdo, y por lo tanto el Ministerio Publico Fiscal tenía pleno y absoluto conocimiento que el Sr. Exequiel Rolón Reynoso, se encontraba próximo a percibir su indemnización de $2.000.000 y no hizo ningún reparo a ello. Es así que no le pidió por ejemplo a esta parte que esa suma la deposite en sede de Fiscalía o del Juzgado de Garantías o que la deposite en alguna cuenta bancaria creada a tales fines, y menos aún comunicó dicha circunstancia al Juzgado Federal para que ese Tribunal vea que temperamento adoptaba con relación a ese dinero”.
El Ministerio Público Fiscal, tuvo pleno conocimiento y dominio de las actuaciones, a través de sus agentes, legal y constitucionalmente designados. Actuó sin ningún vicio del consentimiento y en el marco de su competencia. No cuestionó en ningún momento el acuerdo, sino que por el contrario lo convalidó y solicitó el sobreseimiento y una vez notificado no cuestionó la resolución y dejo que la misma quede firme y pase en autoridad de cosa juzgada”, al mismo tiempo que se reservó el derecho de hacer uso de la reserva federal.
Nulidad por la nulidad
“Por otro lado, no se alega cual sería el perjuicio que el acto le causa al Ministerio Público, por lo cual claramente se persigue la nulidad por la nulidad misma, por lo cual el planteo no es de recibo como lo entiende de manera inveterada tanto este Tribunal, como la Corte Suprema de Justicia de la Nación” señala Vélez.
“Debe decirse que el Ministerio Público Fiscal, manifiesta disconformidad con lo resuelto a su propio pedido, y que, pese a que se dice legitimado por actuar en defensa del orden público y la legalidad, lo que pretende es que se violen derechos humanos fundamentales de mis clientes, de las víctimas y que se actúe en contra de lo que la ley establece”.
“En consecuencia, si los representantes del Ministerio Publico Fiscal no están conformes con la ley vigente, pueden renunciar a su cargo, postularse como diputados o senadores nacionales y presentar un proyecto al Congreso de la Nación para que establezca limitaciones o excepciones al art. 59 inc. 6 del C.P., o más humildemente sugerir modificaciones a través de canales institucionales válidos, pero no pretender convertirse en legisladores” finalizó
Hecho
La semana pasada, la fiscal de instrucción N° 7, Dra. Paola González Pinto, a quien a principio del mes de enero el fiscal general Alejandro Gober le solicitó abrir una investigación para analizar si el acuerdo de “reparación integral” entre las víctimas y los cuatro imputados por el asalto en el Parque América, de septiembre 2024, cumplía con todos los requisitos para darse el sobreseimiento de los acusados a quienes se les había confirmado la prisión preventiva.
En este contexto, la fiscal solicitó a la Corte de Justicia habilitar la feria judicial para recibir el expediente en el que solicitó la nulidad de la sentencia dictada por el juez de control de garantías N° 1 Rodolfo Maidana, y anular el acuerdo entre los hermanos Rolón Reynoso y los imputados por el delito de robo doblemente agravado por ser en poblado y en banda y por el uso de armas, Camilo Carrizo, Fernando Pacheco, Diego Arroyo y Guillermo Nieva, por considerar que dicha sentencia, según el informe de la fiscal: “Adolece de vicios por resultar incompatible con el orden público; por resultar violatorio del artículo 16 de la Constitución nacional en cuanto afecta al derecho de igualdad y por perjudicar derechos de terceros, es decir víctimas de otras causas.