Las autoridades de mesa son las personas designadas por la Justicia Nacional Electoral para conducir el proceso de votación en cada establecimiento. En Catamarca, y en todo el país, su papel será todavía más relevante porque estas serán las primeras elecciones generales con Boleta Única Papel (BUP) en la categoría nacional, lo que requiere mayor capacitación y precisión en su intervención.
El presidente de mesa es la máxima autoridad en ese recinto: debe presentarse a las 7 de la mañana, constituir la mesa, controlar la identidad de los electores, custodiar las urnas y confeccionar el acta de apertura, cierre y escrutinio. Trabaja junto a la autoridad acompañante, quien lo reemplaza si se ausenta de forma temporal o permanente.
Según el manual oficial, la autoridad de mesa ejerce sus funciones con absoluta independencia y ningún fiscal, delegado o personal policial puede dar órdenes sobre cómo conducir el proceso (Descargar Manual de Capacitación Electoral para Autoridades de Mesa 2025).
La responsabilidad no es simbólica: el abandono de funciones constituye un delito contemplado por el artículo 132 del Código Electoral Nacional y puede tener una pena de prisión de seis meses a dos años.
Además, son quienes ejecutan el primer escrutinio: el conteo inicial, mesa por mesa, que luego se transmite al centro de cómputos. Para los fiscales partidarios, la ciudadanía e incluso los propios candidatos, la elección comienza y termina allí: en la mesa, bajo la custodia directa de estas personas.