Gustavo Batallán, el primer hombre que denunció al cura Eduardo López Márquez por hechos de abuso sexual, le pidió al Tribunal de la Sala Penal de la Corte de Justicia de Catamarca que le permitan probar en un juicio que lo que él dice «es verdad».
Así lo manifestó el último martes, en la audiencia de expresión de agravios que se realizo en el edificio de la Corte.
Batallán fue el último en tomar la palabra. Habló luego de escuchar a la defensa del sacerdote, al fiscal Augusto Barros y al abogado que lo representa en la querella, Sebastián Ibáñez.
En la oportunidad, y haciendo uso a su derecho a ser escuchado, se dirigió al Tribunal, integrado por los jueces Rita Verónica Saldaño, María Fernanda Rosales Andreotti y Hernán Martel.
«Quería manifestarles que yo, la verdad, no entiendo mucho de derecho. Pero lo único que vengo a pedir es que se realice el juicio y me permitan probar que lo que yo digo es verdad, más allá de si está prescripto o no está prescripto. Necesito que se pruebe en un juicio que lo que yo digo es cierto. Solamente quiero eso, no más», dijo Batallán en su alocuión. Luego, se dio por concluida la audiencia.
En la audiencia, la defensa solicitó que se aplique el fallo Ilarraz de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.
De esta manera, el sacerdote busca eludir el debate popular en su contra y que se declare la prescripción de la causa.
La Fiscalía y la querella, por su parte, insistieron en que se realice el juicio para que se pueda probar que el denunciante, Gustavo Batallán, fue abusado por López Márquez.
Al finalizar el acto procesal, el abogado defensor del cura, Marcos Gandini, brindó declaraciones a la prensa y se refirió al planteo que hizo.
“Lo que nosotros hemos sostenido es la aplicabilidad del fallo Ilarraz, un fallo muy conocido toda vez que fue dictado por el máximo tribunal a nivel nacional, que es la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El fallo Ilarraz, en cierto modo, ha sostenido todo lo que nosotros como defensa hemos planteado en esta causa. Siempre hemos sostenido que la causa está prescripta. Lo que resuelve nuestro máximo tribunal a nivel nacional es vinculante y obligatorio para todos los tribunales inferiores”, explicó.
Ibáñez remarcó que “el planteo de la querella es que el juicio se tiene que hacer porque la Corte nuestra ya lo dijo el año pasado. La prescripción ahora no puede ser tratada todavía, tiene que hacerse el juicio y con una eventual condena, el cura puede venir en casación a que la Corte ahí sí decida si le da o no la prescripción. Y segundo, porque es el derecho a la tutela judicial efectiva del niño, que prevé la Convención sobre los Derechos del Niño, que exige que se le respete al niño el mínimo derecho a probar la verdad en el juicio”.
También consideró que “sí, finalmente López Márquez ya tiene la prescripción ganada en alguna instancia porque si se hace el juicio y lo condenan, no va a ir preso. Le van a dar la prescripción en la Corte de Justicia nuestra, cuando venga en casación por la condena, o cuando vaya a la Corte Suprema de Justicia de la Nación porque le van a aplicar el fallo Ilarraz, que lo favorece. Si eso va a ser así, no le neguemos al niño el mínimo derecho de probar la verdad en el juicio”.
Ahora, el Tribunal de la Sala Penal deberá definir si hace lugar a lo solicitado por la defensa de López Márquez o si rechaza ese pedido para que avance la realización del juicio por jurados en contra del sacerdote.
El cura está acusado por hechos que supuestamente ocurrieron entre 2002 y 2003, cuando Batallán tenía 12 años.
En marzo de 2023, la Fiscalía de la Sexta Circunscripción Judicial, con asiento en La Paz, lo imputó por “abuso sexual gravemente ultrajante calificado por la situación de guarda y por ser cometido por un ministro de culto en calidad de autor” y “corrupción de menores agravada por la guarda de la víctima, en calidad de autor, en concurso ideal”.
Además, le endilgó dos hechos de “abuso sexual con acceso carnal, calificado por la situación de guarda y por ser cometido por un ministro de culto en calidad de autor” y “corrupción de menores agravada por la edad de la víctima, en calidad de autor”.
Cerrada la investigación, el expediente fue remitido a la Oficina de Gestión de Audiencias (OGA) para la realización de un juicio por jurados.
El camarista Silvio Martoccia fue sorteado como juez director y en la audiencia de admisión de evidencias, en mayo de 2025, la defensa insistió en la prescripción.
El magistrado rechazó el planteo de prescripción y suspendió el trámite del presente juicio por la naturaleza del planteo, hasta que quede firme su resolución.
En este contexto, la defensa del sacerdote insistió en la prescripción y presentó un recurso de casación en la Corte de Justicia.
Por esta razón, se realizó la audiencia del pasado martes. Ahora, se espera la resolución del Tribunal.n