jueves, 17 de julio de 2025 23:35
La Justicia condenó hoy a un funcionario del Centro de Régimen Cerrado “Dr. Luis Agote” por el delito de homicidio culposo, tras la muerte del joven Diego Iván Borjas en 2014. El Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N°5, a cargo del juez Adrián Pérez Lance, dictó una pena de dos años de prisión en suspenso y siete años de inhabilitación especial para ejercer funciones vinculadas a la custodia de personas detenidas.
El condenado, identificado como H.M.F., se desempeñaba como agente de seguridad en el instituto, dependiente en ese entonces de la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENAF). Según fuentes judiciales, el juez absolvió a otros cuatro imputados, entre ellos una funcionaria de la SENAF, la directora del establecimiento y dos agentes de seguridad.
Los hechos ocurrieron el 26 de noviembre de 2014, cuando Borjas fue sancionado por una autoridad del centro tras agredir verbalmente a un referente. Sin intervención judicial previa, fue trasladado a una celda de castigo sin agua, sin sanitarios, con poca ventilación y escasa iluminación natural.
Esa misma noche, se produjo un incendio en la celda, que se propagó rápidamente por la presencia de un colchón altamente inflamable. El joven sufrió quemaduras graves y murió días después, el 2 de diciembre, en el Hospital del Quemado, a causa de las lesiones.
Durante ese periodo, la Procuración Penitenciaria de la Nación (PPN) tenía prohibido el ingreso a centros de detención juvenil. Esa restricción fue levantada en 2016, por un fallo de la Corte Suprema de Justicia que reconoció las facultades legales de la PPN para controlar las condiciones de detención de menores de edad.
La Corte advirtió que impedir el ingreso de organismos de control en estos lugares implica “un incremento real e inmediato del riesgo” sobre una población ya vulnerable. El fallo marcó un precedente clave en la protección de los derechos de niños, niñas y adolescentes en contexto de encierro.