Desde agosto entrarán en vigencia nuevas escalas en el régimen simplificado del Monotributo, con un tope anual de facturación que se eleva de $82 millones a $95 millones. Así lo anunció el Gobierno este domingo a través del subsecretario de Prensa de la Presidencia, Javier Lanari, quien señaló que este nuevo límite «equivale a unos 74.500 dólares anuales». Según explicó, la medida busca adecuarse a los efectos de la inflación acumulada en el primer semestre de 2025 y actualizar un umbral que, a fines de 2023, era de apenas 6.300 dólares.
La actualización también implica una suba de entre el 15,3% y el 15,6% en las cuotas mensuales que deben pagar los contribuyentes. Por ejemplo, la categoría A tendrá un nuevo tope de facturación de $9 millones y su cuota mensual pasará de $32.221 a más de $37.000. En tanto, quienes estén en la categoría B pagarán más de $42.000, frente a los $36.679 actuales. Estos valores estarán vigentes desde agosto de 2025 hasta enero de 2026.
Además de los cambios en el Monotributo, también se actualizará el Mínimo No Imponible del impuesto a las Ganancias y las deducciones autorizadas. Para trabajadores solteros sin hijos, el nuevo umbral será de $2,6 millones brutos mensuales (antes $2,3 millones). En el caso de un empleado casado con dos hijos, el límite sube de $3 millones a casi $3,5 millones. Esta actualización semestral se basa en la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Las deducciones aceptadas incluyen gastos en educación, alquiler y salarios del personal doméstico, y deben informarse en el formulario F572Web a través del sistema Siradig Trabajador. Una vez deducidos estos gastos y aplicado el mínimo no imponible, el ingreso restante tributa con alícuotas progresivas, que van del 5% al 35%, de acuerdo con el nivel de ganancia neta del contribuyente.