Varios proyectos para la creación de defensorías quedaron truncos

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Durante los últimos 25 años

Una propuesta era crear la Defensoría General. También hubo una iniciativa para una Defensoría de Víctimas.

El acceso a la Justicia se habría convertido en un camino cuesta arriba. La ausencia de una Defensoría General en la órbita de la Procuración General inclina la balanza a favor del Ministerio Público Fiscal. Este organismo, a través de su brazo ejecutor que es la Fiscalía General, lleva adelante la política criminal. Si bien el derecho a la defensa está garantizado por mandato constitucional y tratados internacionales, este derecho no sólo alcanza a acusados de delitos, sino también a las víctimas. En los casi últimos 30 años se presentaron propuestas para la creación de la Defensoría General y en la última década también se avanzó con la idea de una Defensoría para Víctimas de Delitos. No hubo más avances; solo fueron proyectos que se encuentran archivados o perdidos por el paso del tiempo.

De acuerdo con información a la que pudo acceder El Ancasti, a finales de la década del 90, desde el Poder Judicial se había presentado un proyecto para la creación de la Defensoría General. Por entonces, la Corte estaba integrada por los ministros Oscar Guillermo Díaz, César Ernesto Oviedo y José Ricardo Cáceres –quien aún persiste en su cargo-. El objetivo de este proyecto era compensar la existencia de la Fiscalía General y, a la vez, dar herramientas a fin de generar igualdad de condiciones entre ambas partes. El proyecto se perdió a lo largo de más de 25 años y solo queda el recuerdo de su espíritu en algunos exfuncionarios judiciales. La propuesta habría surgido con base a un Código Penal de Córdoba.

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La Procuración General tiene a su cargo el diseño de la política criminal. Tiene un brazo ejecutor, la Fiscalía General, que lleva adelante la política de persecución penal pero carece de otro brazo. No cuenta con una Defensoría General. La Ley Orgánica del Poder Judicial –que data de 1970 y que tuvo algunas modificaciones- hace alguna mención al respecto pero lo concreto es que no se avanzó en la creación del cargo.

Proyectos de Ley

En la Legislatura catamarqueña entre 2014 y 2022 se presentaron algunos proyectos de ley relacionados con las defensorías del Poder Judicial. En 2014 había ingresado a la Cámara Diputados un proyecto iniciado por la Cámara de Senadores para el desdoblamiento de las Defensorías de la Segunda, Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Circunscripción Judicial (con asiento en Andalgalá, Belén, Santa María, Tinogasta y La Paz). En estas localidades, se trabaja con “defensorías generales”, dado que funcionan Juzgados Multifueros. De esta manera, se pretendía desdoblar las “defensorías generales” en una Defensoría Civil y una Defensoría Penal por Circunscripción. Actualmente, cada circunscripción cuenta con un “defensor general” que debe intervenir en los distintos fueros. Este proyecto, que contaba con media sanción de la Cámara alta, fue archivado. En estas circunscripciones, ante la demanda y algunas eventualidades, a veces se debe proceder con el sistema de subrogancias para garantizar el derecho de acceso a la Justicia. “Es una cuestión de estricta necesidad, habida cuenta de la realidad existente en el interior provincial, donde se cuenta con una sola Defensoría General destinada a cumplir con múltiples funciones: en el fuero civil, como patrocinante de los pobres (sic), como representante de los ausentes e incapaces en la totalidad de las causas de esta índole; además brindar asesoramiento jurídico permanente a cuanto particular sin recursos económicos concurre en consulta jurídica. En materia Penal, asume la defensa de los imputados, que en razón de carecer de recursos económicos, designan un defensor oficial. Subroga como fiscal ante ausencias, recusaciones e inhibiciones del titular.

Asimismo subroga como juez ante ausencias, recusaciones o inhibiciones de éstos, conforme a las reglamentaciones de subrogancias vigentes.

Es preciso adaptar la estructura del Ministerio Público en cuanto a la defensa, no solo para ayudar a descomprimir la cantidad de causas que ingresan al sistema, sino también porque es imposible imaginar que se consigan estándares altos de eficiencia en la asistencia y defensa de los ciudadanos, cuando todo depende de un funcionamiento que debe estar alerta los 365 días del año, puesto que es el único funcionario estatal predispuesto en una jurisdicción específica para llevar a delante el asesoramiento, defensa, asistencia e intervención, en juicio de toda índole”, se había fundamentado.

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