Nación suspendió otras 21.812 pensiones restituidas por la Justicia

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La Secretaría Nacional de Discapacidad instrumentó la medida mediante la Resolución 3695/2026, tras la revocación del fallo que había ordenado reactivar los beneficios. La Defensoría del Pueblo informó plazos y vías para solicitar la rehabilitación.

La Secretaría Nacional de Discapacidad dispuso la suspensión de 21.812 pensiones que habían sido restituidas por decisión judicial, según la Resolución 3695/2026. La medida se adoptó después de que la Cámara Federal de Tucumán revocara el fallo que ordenaba reactivar los beneficios. El número de pensiones suspendidas corresponde a todo el país.

La nueva disposición establece que los beneficiarios deberán presentar documentación para recuperar el ingreso. Según informó la Defensoría del Pueblo, quienes sean notificados tendrán 60 días corridos para solicitar la rehabilitación de la pensión, con documentación médica actualizada y los antecedentes correspondientes.

El organismo provincial indicó que el trámite puede realizarse de manera presencial en las oficinas de ANSES y en las dependencias habilitadas de la Secretaría Nacional de Discapacidad. También están previstas las presentaciones mediante la plataforma de Trámites a Distancia (TAD) o por correo electrónico.

Además del pedido de rehabilitación, los afectados tienen la posibilidad de interponer recursos administrativos. Para esas presentaciones, la Defensoría informó plazos de 20 o 30 días posteriores a la notificación, según el recurso que corresponda. Por eso advirtieron que el término de 60 días para solicitar la restitución no debe confundirse con los previstos para impugnar la decisión administrativa.

La advertencia del organismo apunta a que cada titular revise las comunicaciones recibidas y reúna los antecedentes necesarios para encarar su presentación. El asesoramiento permitirá orientar a quienes deban identificar qué trámite corresponde a su situación y qué documentación deben acompañar.

La Defensoría aclaró que una decisión judicial limitó su intervención dentro del amparo colectivo impulsado contra las suspensiones. Sin embargo, mantendrá la atención al público para brindar orientación técnica y acompañamiento a los ciudadanos que necesiten reclamar.

Ese límite fue establecido por la Cámara Federal de Tucumán, que revocó la sentencia del Juzgado Federal N.º 2 de Catamarca y cuestionó tanto la legitimación de la Defensoría para demandar a un organismo nacional como la posibilidad de resolver en conjunto las situaciones de todos los beneficiarios.

La asistencia anunciada ahora se concentra en orientar a las personas alcanzadas por la nueva resolución. La rehabilitación del beneficio y los recursos administrativos son vías distintas, con requisitos y plazos propios.

Reclamo y revés en la Cámara

La nueva suspensión tiene como antecedente el amparo colectivo promovido en Catamarca por titulares de pensiones, asociaciones de personas con discapacidad y la Defensoría del Pueblo. El reclamo cuestionó las bajas aplicadas durante las auditorías de la ANDIS.

Después de las cautelares dictadas en septiembre y octubre de 2025, el Juzgado Federal N.º 2 resolvió sobre el fondo el 20 de noviembre. El juez Guillermo Díaz Martínez ordenó restituir las pensiones suspendidas sin acto administrativo previo y pagar los haberes adeudados. Consideró que ANDIS no había acreditado decisiones individuales que respaldaran las bajas. ANDIS defendió las auditorías y sostuvo que las suspensiones respondían a la falta de acreditación de los requisitos médicos.

El 13 de febrero de 2026, la Cámara Federal de Tucumán revocó la sentencia. La mayoría entendió que no existía una situación común suficiente para tramitar los casos como un proceso colectivo y que la Defensoría provincial carecía de legitimación para accionar contra una autoridad nacional.

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