La Secretaría de Trabajo promueve que las negociaciones colectivas fijen una remuneración mínima garantizada de $1.070.000 para agosto de 2026, mientras el Consejo del Salario se reúne este viernes para debatir el salario mínimo.
La Secretaría de Trabajo, a cargo de Julio Cordero, informó que el Ejecutivo nacional impulsa un piso salarial de $1.070.000 para las negociaciones paritarias que se abrieron tras la sanción de la reforma laboral. La cartera promueve que los acuerdos colectivos incorporen una remuneración mínima garantizada con ese monto de referencia para agosto de 2026.
El esquema no se aplica por decreto, sino que debe surgir de la negociación entre sindicatos y cámaras empresarias, con la posterior homologación del Estado. La remuneración garantizada se distingue del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), que es un piso legal para trabajadores fuera de convenio y cuyo valor vigente desde agosto es de $376.600.
En paralelo, el Consejo del Salario fue convocado para este viernes a las 14 con el objetivo de revisar el monto del SMVM y evaluar una eventual actualización. A las 10 está prevista otra audiencia para fijar los valores mínimo y máximo de la prestación por desempleo.
La CGT y las dos CTA solicitaron formalmente que la reunión del Consejo se realizara de manera presencial, argumentando que la definición incide en los ingresos de los trabajadores. La Secretaría de Trabajo rechazó el pedido.
Las centrales sindicales sostienen que el ingreso básico debería equivaler a una canasta básica familiar, que actualmente se ubica en $1.564.716, cifra que supera en más de cuatro veces el valor vigente del SMVM. La propuesta de la remuneración garantizada fue recibida con reservas por parte del sindicalismo.
El Consejo del Salario está integrado por representantes de trabajadores, empleadores, el Estado nacional y los gobiernos provinciales. En diciembre pasado, ante la falta de acuerdo, el Gobierno dispuso por laudo un incremento escalonado en diez tramos, cuyo último escalón se aplicó en agosto y llevó el haber al valor actual.
El monto del SMVM también incide en la prestación por desempleo, que se calcula como el 75% de la mejor remuneración mensual percibida por el trabajador en los seis meses anteriores al cese laboral.
