jueves, 19 de marzo de 2026 16:05
Un caso laboral en España generó debate sobre los límites del rendimiento en trabajos medidos por objetivos, luego de que una telemarketer fuera despedida tras realizar más de 1.500 llamadas comerciales sin concretar ninguna venta en un período de dos meses.
La trabajadora, que contaba con más de siete años de antigüedad en la empresa, percibía un salario bruto anual de 30.615 euros. Sin embargo, entre enero y febrero de 2024 no logró cerrar ninguna operación, un dato determinante en un puesto donde el desempeño se evalúa mediante métricas constantes.
Según argumentó la compañía en la carta de despido, la decisión se basó en una disminución continuada y voluntaria del rendimiento, la transgresión de la buena fe contractual y reiteradas faltas de puntualidad. Además, se señalaron presuntas irregularidades en el uso del tiempo laboral, incluyendo la realización de actividades personales durante la jornada.
El caso llegó a la Justicia y fue analizado por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que consideró acreditado el incumplimiento de las obligaciones laborales. En su fallo, el tribunal determinó que la caída total de la productividad durante ese período constituía una falta grave, por lo que avaló el despido disciplinario y lo calificó como procedente.
Esta resolución tuvo un impacto directo en la indemnización de la trabajadora. Al tratarse de un despido procedente, se estableció una compensación de 20 días por año trabajado, con un tope de 12 mensualidades, en lugar de los 33 días por año y hasta 24 mensualidades que corresponden en casos de despido improcedente.
El fallo también destacó que no existían antecedentes de tolerancia por parte de la empresa frente a las conductas cuestionadas y que la empleada no logró refutar de manera convincente las acusaciones, consolidando así la decisión empresaria.
