ARCA elimina la Clave de Identificación y unifica los trámites bajo la CUIT

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miércoles, 24 de diciembre de 2025 18:40

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) estableció un nuevo marco normativo para los trámites de inscripción, modificación de datos y cancelación de registros de personas humanas, sucesiones indivisas y personas jurídicas, y dispuso la eliminación de la Clave de Identificación (CDI).

La decisión fue formalizada a través de la Resolución General 5803/2025, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, y uno de sus puntos centrales es el reemplazo de la CDI por la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) para personas humanas y sucesiones indivisas.

Según la normativa, los ciudadanos con Documento Nacional de Identidad (DNI) argentino deberán realizar el trámite de obtención de CUIT de manera digital a través del sitio web oficial de ARCA o mediante la aplicación “ARCA Móvil”. Para completar la inscripción será necesario contar con Clave Fiscal nivel 3 o superior, adjuntar una copia digital del DNI y una fotografía del rostro.

Además, se deberá declarar el domicilio real y el domicilio fiscal. En caso de que este último no coincida con el consignado en el DNI, será obligatorio presentar documentación respaldatoria, como certificados de domicilio, actas notariales o facturas de servicios públicos.

La resolución también contempla situaciones especiales. Los extranjeros sin DNI argentino podrán solicitar una CUIT provisoria por un plazo máximo de dos años, presentando documentación de su país de origen y el comprobante de residencia emitido por la Dirección Nacional de Migraciones. En tanto, los residentes en el exterior deberán realizar el trámite mediante un representante legal o tercero autorizado con domicilio en Argentina. Para las sucesiones indivisas, la gestión deberá ser realizada por el administrador judicial o extrajudicial a través del sistema de “Presentaciones Digitales”.

En el caso de las personas jurídicas, la inscripción o modificación de datos se realizará mediante el servicio “Inscripción y Modificación de Personas Jurídicas”. El representante legal deberá informar la forma jurídica, fecha de constitución, objeto social y composición societaria, junto con documentación certificada digitalmente por escribano público o el organismo de contralor correspondiente.

Asimismo, la normativa establece que los contribuyentes deberán solicitar la baja de impuestos o regímenes cuando cesen sus actividades económicas, trámite que deberá realizarse hasta el último día hábil del mes siguiente al cese. ARCA, por su parte, podrá cancelar de oficio la inscripción como empleador si se detecta la falta de presentación de declaraciones juradas durante 24 meses y la inexistencia de trabajadores activos.

La resolución entrará en vigencia el 2 de marzo de 2026. Hasta esa fecha, las claves de identificación otorgadas con anterioridad mantendrán su validez, aunque serán convertidas en CUIT cuando el contribuyente deba modificar sus datos.

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