Aceptan amparo de Ávila sobre el cobro de las tasas en boletas de EC Sapem

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sábado, 20 de septiembre de 2025 02:11

El Diputado provincial, Hugo Daniel Ávila, con el patrocinio de la doctora Angélica Peressoni Pereyra, hizo la presentación de una acción de amparo colectivo ante la Corte de Justicia de la provincia de Catamarca. Este amparo es contra Energía de Catamarca Sapem por el cobro de tasas en las boletas de la empresa prestadora del servicio de energía eléctrica.   

Fue mediante el Tribunal de la Sala de Amparo y Amparo por mora de la Corte, que preside Miguel Figueroa Vicario, que se resolvió declarar la competencia de la sala antes mencionada y no hacer lugar la medida cautelar solicitada sobre las tasas municipales que se incluyen en la boleta de la empresa de energía. Esto significa que, por ahora, la empresa seguirá incluyendo dichos cargos en las boletas mientras el juicio principal continúa.

El argumento principal que expone Ávila en su presentación es que el mencionado cobro es ilegal porque una resolución nacional prohíbe incluir en las facturas conceptos ajenos al servicio principal contratado. Además, consideraba que esta forma de cobro es inconstitucional, ya que perjudica a los usuarios y no tiene en cuenta la capacidad de pago de cada uno.

Asimismo, Ávila presentó junto a la demanda principal una medida cautelar para que el tribunal ordenara de manera urgente e inmediata, mientras dure el juicio, la suspensión del cobro de las tasas en las facturas; devolver a los usuarios lo ya cobrado por estos conceptos y prohibir los cortes de luz por falta de pago de estas tasas.

En el fallo judicial del 10 de septiembre de 2025 resuelve las cuestiones preliminares sobre el reclamo del cobro de tasas municipales, como el alumbrado público y la ocupación del espacio aéreo. 

En tal sentido, el tribunal admitió la demanda para su tratamiento. Consideró que, a primera vista, el reclamo es válido y que el cobro de las tasas en la factura podría estar afectando los derechos de los consumidores. Por lo tanto, el juicio seguirá adelante para analizar el fondo de la cuestión.

Pero, al mismo tiempo, no hace lugar a la medida cautelar y rechazó la solicitud de suspender inmediatamente el cobro de las tasas, puesto que la razón principal es que conceder esta medida sería adelantar la decisión final del juicio. 

En cuanto al impacto de lo resuelto, en el caso de los usuarios, esto no cambiará en nada porque EC Sapem seguirá cobrando las tasas municipales como lo viene haciendo. 

Ahora, respecto al fallo final y si el mismo es a favor de Ávila, la Justicia podría ordenar a EC Sapem eliminar permanentemente las tasas municipales de la factura de luz. Esto podría implicar la devolución de lo cobrado a los usuarios y obligaría a los municipios a buscar otro método para recaudar esos fondos. 

Si bien se analizó qué sucedería si el fallo es favor de los usuarios, también existe la posibilidad que la decisión sea a favor de EC Sapem, por lo que se podría confirmar la legalidad del sistema actual, permitiendo que la prestadora continúe actuando como agente de cobro de los municipios a través de la boleta de servicio.

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