Caso Wika: el fiscal Costilla pidió el apartamiento de Barros, su acusador

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El fiscal de Instrucción N°5, Hugo Costilla, planteó la recusación o apartamiento del fiscal del Tribunal de Enjuiciamiento de Magistrados, Augusto Barros, por “falta de objetividad, sospecha fundada de parcialidad y falta de idoneidad técnica” en la causa “Wika” por la cual fue denunciado por mal desempeño.

Costilla alega que Barros tiene una “fuerte y reconocida vinculación política con el oficialismo provincial” que encabeza el gobernador Raúl Jalil. Recordó que antes de ser fiscal, Barros fue diputado provincial por el Frente de Todos (2019-2022) y apoderado del Partido Justicialista en Catamarca, además de funcionario provincial.

Además, apuntó que su designación como fiscal de Cámara se realizó sin concurso previo y a propuesta del Poder Ejecutivo, lo que refuerza la percepción de alineamiento político.

Destacó también que existen “denuncias públicas” sobre una posible “influencia política del Gobernador” sobre el fiscal, lo cual genera un “temor fundado de falta de objetividad o parcialidad”. Se menciona la difusión de un audio o grabación en la que se hace referencia a la vinculación política de Barros y se lo describe como el «sacerdote del peronismo«.

A su criterio, esta situación “compromete la objetividad” de la actuación de Barros y el “derecho a un proceso imparcial”, lo que puede convertir el proceso en un «espectáculo vacío de legitimidad» si se permite la actuación como acusador con tales vínculos políticos.

En cuanto a la falta de idoneidad técnica, destaca que Barros “carece de una trayectoria significativa en el Ministerio Público Fiscal” antes de su designación en 2022, por cuanto su experiencia previa se limitó a la actividad política, sin antecedentes relevantes en el derecho penal o roles judiciales.

Al respecto, menciona casos en los que su acusación fue criticada por su “lenguaje emotivo y juicios de valor”, lo que demuestra una falta de rigor técnico. Un ejemplo citado es el juicio político contra el juez de Belén, Miguel Ángel Aybar, quien finalmente fue absuelto.

Barros también fue cuestionado por “intentar interponer un recurso de Casación contra una sentencia, cuando la ley expresamente lo prohíbe”. Por ello sostiene que tal falta de idoneidad técnica se considera una vulneración del principio de competencia funcional y del derecho de defensa.

Inconstitucional

Por otra parte, el fiscal Costilla realizó un planteo de inconstitucionalidad del artículo 9 de la Ley 4247 de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios del Poder Judicial de Catamarca, por cuanto establece que los representantes del Ministerio Público «no podrán ser recusados«, sino que solo deberán excusarse voluntariamente si se encuentran comprendidos en las causales de recusación aplicables a los miembros del tribunal.

Por ello, para Costilla esta norma consagra una «irrecusabilidad absoluta» que el recusante considera “violatoria de garantías constitucionales básicas”, como el “derecho al debido proceso legal y la tutela legal efectiva”.

Argumentó que es “contradictoria” porque, si bien permite al fiscal excusarse por falta de objetividad, “niega al enjuiciado la posibilidad de recusarlo”, impidiendo al acusado exigir que quien lo acusa actúe sin sesgos. Esto afecta el principio de «paridad de armas» en el proceso.

Debido a estas razones, Costilla solicitó hoy al Tribunal de Enjuiciamiento que se declare la inconstitucionalidad parcial del Artículo 9 de la Ley 4247 en la parte que prohíbe la recusación del Ministerio Público; que tenga por impuesto el planteo de recusación o pedido de apartamiento del fiscal Augusto Barros y que se suspenda el proceso hasta tanto se resuelva su pedido.

La presentación en el Jury lleva las firmas de Costilla y de su abogado, Daniel Ortega.

El fiscal Barros tenía plazo hasta mañana para presentar su acusación formal contra Costilla en la denuncia presentada por el empresario Cristian Guillou, dueño de Wika, por no haber investigado su denuncia de supuesta insolvencia fraudulenta de Edgar Bacchiani, a quien él vendió el local bailable pero nunca cobró el total de la operación.

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