ANSES establece un trámite, desconocido por muchas personas, que es fundamental para no perder el derecho a un tipo específico de jubilación y pensión
07/06/2025 – 08:44hs
Tanto para los monotributistas como los autónomos, existe un trámite que se debe completar sí o sí para no perder el derecho a una jubilación y/o pensión por invalidez.
Se trata de la Declaración Jurada de Salud (Decreto 300/97). Es obligatoria y se puede tramitar de forma online o presencial en ANSES sin turno.
Cómo hacer el trámite para no perder la jubilación
Este trámite es necesario para no perder una jubilación y/o pensión por invalidez. Es importante mencionar que, en el caso de estar jubilado, ya no es necesario hacerlo. Si se opta por el trámite de forma presencial, en ANSES realizarán 7 preguntas y no es necesario contar con un turno.
En el caso de optar por la modalidad online, se debe hacer de la siguiente forma:
- Ingresar a la página oficial de ANSES
- En la sección «Mi ANSES», se debe ingresar con CUIL y Clave de Seguridad Social
- Luego, se debe optar por «Atención Virtual» y luego elegir «Declaración Jurada Salud Decreto 300/97»
- Adjuntar el DNI como también la constancia de inscripción en Monotributo o Autónomos
Hacerlo lo antes posible es clave para evitar problemas a futuros, ya que, ante un caso de invalidez y no haber completado el trámite, ANSES puede negarse a otorgarla.
Cuánto cobra un jubilado monotributista
En el caso del monotributo, para poder jubilarse, se requiere una edad mínima de 65 años, con 30 de aportes para los hombres. En el caso de las mujeres, la edad mínima baja a 60 años, aunque se mantienen los años de aportes requeridos.
En cuanto al aspecto contributivo, también coinciden el régimen previsional general y del Monotributo. Es decir, el monto se rige por las mismas reglas que se aplica a los trabajadores en relación de dependencia, salvo que el monto de alta del beneficio se encuentre íntimamente relacionado con la categoría en la que se hicieron los aportes.
La jubilación del monotributista se encuentra sujeta a la ley de movilidad. Por ejemplo, los aportantes el régimen simplificado de categoría A en mayo 2025 cobraron la mínima, que fue de $296.481,74, más el monto del bono que dispone el gobierno, que hoy actualmente se mantiene en $70.000.
No obstante, existen algunos casos en el que la persona tiene ingresos como monotributista y en relación de dependencia. En este último, en el cálculo de ingreso se toman los últimos montos de las 120 últimas remuneraciones.
No obstante, siempre es crucial consultar con un experto antes de proceder con la jubilación. En este sentido, cuanto antes se realice la consulta, más fácil es anticiparse ante potenciales problemas.
Cuánto aportan los monotributistas
Las escalas del Monotributo y el aporte jubilatorio que integra el monto a pagar se actualizan semestralmente en función del IPC, siendo en junio de 2025 los siguientes:
- Categoría A $7.813.063 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $11.871
- Categoría B $11.447.046 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $13.058
- Categoría C $16.050.091 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $14.363
- Categoría D $19.926.340 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $15.800
- Categoría E $23.439190 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $17.380
- Categoría F $29.374.695 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $19.118
- Categoría G $35.128.502 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $26.765
- Categoría H $53.298.417 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $37.472
- Categoría I $59.657.887 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $52.460
- Categoría J $68.318.880 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $73.445
- Categoría K $82.370.281 aproximadamente y el aporte jubilatorio es $102.823
En pocas palabras, cuanto mayor es la categoría del monotributo crece, el monto de los aportes jubilatorios también lo hace, siendo $11.871 el valor más bajo y $102.823 el más alto. Este monto no se abona si ya se realizan aportes jubilatorios por un trabajo en relación de dependencia.