Se realizó la audiencia de agravios por el polémico acuerdo de Reparación Integral

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miércoles, 23 de abril de 2025 02:54

Durante la mañana de ayer, en el Salón San Martín de la Corte de Justicia, se llevó a cabo la audiencia de expresión de agravios, en el marco de la nulidad dictada por la sala penal de la Corte de Justicia ante el acuerdo de reparación integral que homologó el exjuez Rodolfo Maidana y el fiscal Hugo Costilla, a pedido de la víctima Exequiel Rolón Reynoso por el violento asalto que sufrió en su casa del barrio Parque América el 4 de septiembre del año pasado.

La audiencia se realizó ante los recursos de casación planteados oportunamente por el abogado querellante Jorge Rolando Crook -representante de la víctima- y el abogado defensor Pedro Vélez ante la sentencia en la que se hizo lugar a una presentación de acción autónoma de nulidad por parte de la fiscal Paola González Pinto, aun cuando los plazos que fija la ley para tal acción del Ministerio Público se habían vencido. Por esta causa actualmente se encuentra abierto el proceso de Jury en contra el fiscal Costilla, quien se encuentra suspendido a la espera de la resolución de dichos recursos de casación.

El tribunal que llevó adelante la audiencia y debe definir oportunamente si el juicio político contra Costilla inicia o bien queda sin materia, está integrado por los ministros Jorge Bracamonte -subroga en la presidencia a la ministra Fabiana Gómez, quien debió inhibirse por encontrarse al frente del tribunal de Jury que abrió la investigación en contra de Costilla-, Miguel Figueroa Vicario y José Cáceres.

Abierta la audiencia, el Dr. Crook, en representación de los querellantes particulares Matías Rolón y Gustavo Rolón, expuso sus argumentos indicando que “los procesos no pueden ser eternos y que la ruptura de la cosa juzgada debe ser un remedio absolutamente excepcional”. Además, pidió a los miembros de la Sala de Doble Conforme que revoque la decisión de la Sala Penal.

Por su parte, el Dr. Vélez, como defensor técnico de Diego Arroyo, Guillermo Nieva, Fernando Pacheco y Camilo Carrizo presentó dos recursos, uno de inconstitucionalidad y otro de casación, asegurando que “la causa de todo es una discrepancia jurídica que viola diversos principios legales”.

Al finalizar la audiencia, el abogado Vélez, en diálogo con El Esquiú.com, explicó: “Las distintas partes hemos realizado los planteos correspondientes y ahora queda en manos de la Sala de Doble Conforme de la Corte la resolución de la controversia”.
En cuanto a los fundamentos que expuso, el letrado recordó: “Expuse fundamentalmente que la resolución que dictó la Sala Penal constituye un hecho de gravedad institucional extrema, puesto que implica lisa y llanamente que toda resolución a partir de este momento, en caso de quedar firme ese precedente, es susceptible de revisión, lo cual llevaría a que los conflictos no tengan fin”.

A la vez, agregó: “Más allá de la resolución de la Sala de Doble Conforme, a nosotros nos queda la instancia del Recurso Extraordinario Federal el recurso de Quejas, o sea, esto está lejos de terminar, por lo menos en el caso de esta defensa. En caso de no obtener un resultado favorable, ya adelanto que esos recursos van a ser planteados”.

Finalmente, Vélez manifestó: “Estimo que la Sala de Doble Conforme revocará la resolución porque es lo más atinado y lo que corresponde conforme lo establece la Constitución y la ley, pero bueno, tampoco eso va a llevar a la firmeza porque el Ministerio Público Fiscal también podría recurrir en su caso. Aunque esta causa tiene la particularidad de que justamente uno de los argumentos que expone esta parte es que el Ministerio Público Fiscal tuvo un plazo, que es un plazo que establece la ley para apelar la resolución del doctor Maidana y no lo hizo, sino que, después de un mes y medio o dos meses que se había dictado la resolución, plantea la revisión de la sentencia, o sea, cuando todos los plazos se le habían vencido. Bueno, ese es justamente uno de los argumentos que se plantea, que la Fiscalía no apeló en el tiempo oportuno”.

Vélez también recordó el acuerdo de Reparación Integral explicando: “Fue un acuerdo de reparación integral en el cual se reparó el dinero o el valor, digamos, del dinero de las cosas de las que se habían roto y de las que se estimaba como daño moral. No recuerdo en este momento la suma exacta, y bueno, eso es en lo que consistió el acuerdo conforme a lo que establece la ley.  Contó con el acuerdo de ambas partes, pero fundamentalmente contó con el acuerdo del Ministerio Público Fiscal que avaló y pidió el sobreseimiento”. 

La Fiscalía 

La última en exponer sus argumentos fue la fiscal de Instrucción, Dra. González Pinto. Enumeró los motivos que la llevaron a realizar la presentación para que se declare la nulidad del acuerdo solicitado por los imputados, con acuerdo de la víctima, de un robo calificado. “La sentencia del juez ha sido dictada con apariencia de legalidad”, expresó tomando parte de los fundamentos de la sentencia de Sala Penal. “Uno de los beneficiados de este acuerdo fue declarado reincidente en seis oportunidades y otro tenía una inhibición general de bienes dictado por la Justicia local y, a pesar de ello, tenía una pyme en su casa, donde se encontraba con prisión domiciliaria”, agregó la funcionaria. 

En otro de los tramos de su exposición, aseguró que la sentencia del juez de Garantías “perjudica el derecho de víctimas de otras causas. Yo, como representante de los intereses de los ciudadanos, represento a casi 800 acreedores que buscan justicia con sus créditos verificados. Estas personas han visto vulnerados sus derechos, como así también la posibilidad de cobrar”, agregó González Pinto. A la par, informó que recibió informes que acreditan movimientos “sospechosos” de las cuentas de uno de los imputados.

Luego de escuchar a todas las partes, el presidente de la Sala, Dr. Jorge Rafael Bracamonte, y los ministros Dres. José Ricardo Cáceres y Miguel Figueroa Vicario dieron por concluida la audiencia, para resolver en los próximos días sobre las cuestiones planteadas.

La decisión definirá si confirman la nulidad del acuerdo y habilitan el Jury contra el fiscal Costilla o si hacen lugar a los planteos de la defensa y la querella, validan el acuerdo homologado por las partes y así queda sin efecto la acusación en su contra.

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